PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la presente Solicitud de JUSTIFICATIVO PARA PERPETUA MEMORIA, presentada por la ciudadana ARELYS MOLINA OSORIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.661.060, domiciliada en el Sector La Palmita Municipio Sosa del Estado Barinas, asistida por el abogado en ejercicio WILFREDO JOSE GARRIDO MONSON, titular de la cédula de identidad Nº V-9.548.380, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.645, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías que conforman una Unidad de Producción denominada Fundo Agropecuario "EL MONASTERIO", fomentadas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicadas en el Sector Las Palmitas, Parroquia Ciudad de Nutrias Municipio Sosa del Estado Barinas; enmarcadas dentro de los linderos siguientes: NORTE: Mejoras de Oswaldo Petit; SUR: Mejoras de Félix Marques y Terraplén; ESTE: Mejora de María del Carmen Arias; y OESTE: Mejoras de Oswaldo Petit y terraplén.
SEGUNDO: No h.....