DISPOSITIVA
Por las circunstancias anteriormente señaladas este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HACE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO, DECRETA: PRIMERO: Como FLAGRANTE LA APREHENSION DEL IMPUTADO CARLOS ALBERTO ÁNGEL GARCES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.828.295, mayor edad, de 26 años de edad, nacido el 27/09/81 , natural de Barinas, Ocupación Comerciante, residenciado Urbanización Raúl Leoni, Primera Calle, casa N° 14, Barinas hijo de Maria Isabel Garcés (D) y Román Ángel (D, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y SEGUNDO: DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD a favor del imputado CARLOS ALBERTO ÁNGEL GARCES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.828.295, mayor edad, de 26 años de edad, nacido el 27/09/81 , natural.....