En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara su INCOMPETENCIA para conocer de la demanda por daños ocasionados por accidente de tránsito contra la ciudadana Margarita Carrero Rojas y a la Sociedad de Comercio Seguros La Occidental C.A, en razón de la cuantía de conformidad con los artículos 29 del Código de Procedimiento Civil y 212 la Ley de Transporte Terrestre. Así se decide.
SEGUNDO: Que se considera COMPETENTE para conocer de la demanda por daños ocasionados por accidente de tránsito contra la ciudadana Margarita Carrero Rojas y a la Sociedad de Comercio Seguros La Occidental C.A, al Juzgado Distribuidor Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Así se decide.
TERCERO: Por virtud de los pronunc.....