D E C I S I ÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole carácter de cosa juzgada.
Ciérrese y archívese el expediente.
Publíquese y regístrese.
Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil once. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
La Jueza,
Abg. Tahís Camejo La Secretaria,
Abg. Nubia Domacase
En la misma fecha, siendo las ocho horas y cuarenta y dos minutos d.....