este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como únicos y universales herederos de la de-cujus CARMEN MARLENE SALAS GUTIÉRREZ, quien fuera venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.361.357, y residía en la Urbanización Doña Elena, Calle 2, Casa 11-12, de esta población de Barinitas Municipio Bolívar del estado Barinas, fallecida ab-intestato en fecha catorce de febrero del año Dos Mil dieciséis (14-02-2016), en el Hospital Doctor Luís Razetti, ubicada en la Calle Cedeño de la ciudad de Barinas, Municipio y estado Barinas, a los ciudadanos DENICE DEL CARMEN BRITO SALAS, EDGLIS BERENICE BRIT.....