´Por las consideraciones de hecho y de derecho realizadas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: Declara Inadmisible la presente Demanda de Cobro de Honorarios Profesionales Extrajudiciales y Judiciales, intentada por el ciudadano Gonzalo José Pirto, asistido por el abogado en ejercicio Pedro Pablo González Gutiérrez, en contra del ciudadano Francisco Javier Molina Martin, todos supra identificados SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. TERCERO: Se ordena notificar a las partes conforme a lo previsto en el artículo 251 del Código de procedimiento Civil. CUARTO: Cúmplase con la publicación en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia.´