DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de primera Instancia en función de Juicio Unipersonal Nº. 2 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 364 y 365 del COPP, pasa a decidir en los siguientes términos: DECRETA: PRIMERO: CONDENA al acusado EDGAR JOSÉ ALCEDO CONTRERAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.517.561, de 19 años de edad, nacido el 01-04-92, natural de Caracas Distrito Capital, de estado civil soltero, ocupación u oficio herrero, hijo de Blanca Contreras (V) y de William Alcedo (V), residenciado en el barrio la victoria, calle principal al frente de la casa comunal, teléfono 0426-8034794, al frente del Mercal, Socopó Estado Barinas, para la imposición de la pena se toma encuentra el termino mínimo, de conformidad con el 74 numeral primero del Código penal considerando el derecho a la reinserción social del acusado y por ser .....