El adolescente, fue sancionado en fecha 21 de Junio de 2012, con las Medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, y LIBERTAD ASISTIDA de conformidad con los artículos 620 literales "b", "d" y 624, 626, todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión del delito de: HURTO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 1° en relación con el artículo 2° numerales 3 y 4 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en perjuicio del ciudadano Jaime Araque Márquez, identificado en autos. Se determina que el sancionado fue detenido por el hecho punible en fecha 24 de MAYO DE 2012, por lo que permaneció privado de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de VEINTISIETE (27) DIAS; que de la sanción ha cumplido, hasta el día de hoy, VEINTICINCO (25) DIAS y así mismo que le falta por cumplir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES Y CINCO (05) DIAS, también se establece que la sanción CULMINARIA .....