IV
DECISIÓN
Este Juzgado Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la parte demandante, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 25 de Julio de 2008 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas.
SEGUNDO: Consecuencia de lo decidido por este Tribunal, SE CONFIRMA la sentencia interlocutoria de fecha 25 de Julio de 2008 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas y por tanto remítase la presente causa al Juzgado de origen a los fines de su archivo definitivo.
TERCERO: No se condena en costas de conformidad con el artículo 64 de la L.....