PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la acción de desalojo interpuesto por el abogado José Joaquín Toro Silva, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Jaime Antonio Ansereo Fernández, en contra del ciudadano Orlando Galíndez.
SEGUNDO: Se condena al demandado ciudadano Orlando Galíndez hacerle entrega al accionánte ciudadano Jaime Antonio Ansereo Fernández, los locales comerciales objeto de la presente demanda, signados con los números 07, 08, 26 y 27, situados en el Centro Comercial Mini-Centro Comercial Yamal, ubicado en la Calle Camejo N° 6-38, entre Avenidas Márquez del Pumar y Medina Jiménez de ésta ciudad de Barinas.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencidas de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes de la presente decisión por cuanto la misma se dicta dentro del lapso establecido en la Ley.