Vista la diligencia suscrita en fecha 09 de diciembre de 2009, por el ciudadano Hernán de Jesús Hernández Superlano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. V- 4.923.843, asistido por el abogado en ejercicio Jorge Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 68.431, en su carácter de demandado, por una parte y por la otra el abogado en ejercicio Mario La Sala Toro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 78.574, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Gustavo Adolfo Sanguinetti, parte demandante, a objeto de convenir lo siguiente: Primero: El demandado conviene en entregar el inmueble objeto de litigio, el día jueves 10 de diciembre de 2009, libre de bienes y personas. Segundo: El demandante manifiesta su conformidad con la entrega en la fecha y día acordado. Tercero: El demandado se compromete a hacer la entrega de las llaves en las manos del demandante y en el lugar que a tales fines le indique. Cuarto: El demandante, manifiesta q.....