En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR y en consecuencia fija la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,oo), MENSUALES, que deberá suministrar el Ciudadano: JOSÉ ORLANDO ROA, antes identificado, a partir del mes de enero del presente año en curso, en beneficio de sus hijas: YERSY NAKARY y JENIFER MACARY ROA PÉREZ, y una bonificación especial por la misma cantidad, es decir, DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 200.000,oo) para los meses de agosto y diciembre de cada año, como monto complementario.
Dichas cantidades deberán ser depositadas en una cuenta de ahorro que a tales fines abrirá la solicitante e informará a este tribunal el número de la misma. Líbrese oficio.-
En cumplimiento de las previsiones del artículo 369 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Ado.....