En mérito de los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO TÁCHIRA, por intermedio de sus apoderadas judiciales abogadas Nancy Yudith Lobo Vivas y Rosario Raga Garavito, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 44.768 y 58.894, en su orden, contra la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira. En consecuencia, se declara la nulidad de la Providencia Administrativa Nº 01-02 de fecha 07 de junio de 2002, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira.