Este Juzgado Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación intentado contra la sentencia de fecha 24 de enero del año 2006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
SEGUNDO: Declara la nulidad de todo lo actuado con posterioridad al auto de fecha 12 de Enero de 2006 y en consecuencia se ordena la reposición de la causa al estado que se celebre la Audiencia Preliminar prevista en el articulo 129 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Remítase el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los efectos .....