En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Se decreta MEDIDA DE PRIVACION PREVENTIVA DE LIBERTAD a la imputada CARMEN LUISA FALCON, venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 07-02-1960, soltero, natural de Barinas, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.387.097, de ocupación u oficio albañil, Residenciado en el Barrio Mi Jardin, etapa IV, calle 02, casa N° 187 Barinas, Estado Barinas, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano, por considerar que están llenos los extremos exigidos en los artículos 250 y 251 numeral 3 y artículo 252 del Código Or.....