D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la presente acción por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano CARLOS RAMON MARTINEZ ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.065.246 en contra del INSTITUTO POSTAL TELEGRAFICO DE VENEZUELA (IPOSTEL), representada por la abogado LUDMILA GONZALEZ GAVIDIA inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 32.546.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Notifíquese la presente sentencia al Procurador General de la República de conformidad con lo contemplado en el artículo 95 de la Procuraduría General de la República y transcurrido como sea el lapso de treinta (30) días c.....