En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara la Perención de la Instancia y en consecuencia extinguido el proceso, en la Solicitud de Divorcio por Desafecto, fundamentada en la Sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09-12-2016, presentada por la ciudadana MARÍA ODILA RAMÍREZ DE VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nro. V- 11.717.448, con domicilio en la Urbanización Moromoy, sector 03, vereda 21, casa Nro. 07, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, debidamente asistida por el abogado HUGO ALEXANDER RAMÍREZ CAMACHO, titular de la cédula de identidad Nro.....