DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, : Condena por el Procedimiento de Admisión de los Hechos, de conformidad con el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal a la Acusada MARIA UVENCIA DEL CARMEN GARCÍA GRATEROL, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.140.872, de 43 años de edad, nacida el 12/09/1962, natural de Guanare, Estado Portuguesa, hija de Nicolás García (f) y Cupertina Graterol(V), residenciada en el Barrio Mijagua III, Calle Los Pinos, Casa Nº 12-35, Barinas, Estado Barinas, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ENCUBRIMEINTO, previsto y sancionado en el artículo 254 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del ciudadano JESUS ALBERTO MONZON. De igual forma cumplirá las penas accesorias con.....