´En mérito de los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara Sin Lugar la demanda de Simulación intentada por la ciudadana Samar Al Hajali De Hajali, en contra de los ciudadanos Ihsan Al Hajali Al Hajali y Wihsam Gabriel Al Hajali Montaño, todos supra identificados. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declaran No Simuladas las convenciones realizadas por parte demandada a saber: 1.- la Cesión de Derechos efectuada a través de documento Registrado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Bolívar del estado Barinas, de fecha 6 de julio de 2021, anotado bajo el N° 2021.35 Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el N° 289.5.3.2.5894 correspondiente al Libro del folio Real del año 20.....