En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Primero de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Imparte Homologación al desistimiento presentado por la ciudadana MAIKEL MAYULI PEREZ GALLARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.968.006 debidamente asistida por el profesional del Derecho Abg. ALEXANDER RAMON AZUAJE ALMEIDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 231.742, respecto al recurso de apelación interpuesto contra auto de admisión en el cual fue acordado despacho saneador dictado en fecha 15 de Mayo del año 2.017, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. Así se decide. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal Segundo .....