en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
Autoridad de la Ley considera dichos testimoniales y recaudos bastantes y
suficientes por lo que en consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES
HEREDEROS del difunto FREDDY VICENTE ANDUEZA VERGARA, cédula de
identidad N° V-3.917.612, a los ciudadanos FREDDY VICENTE ANDUEZA
ZAMBRANO, LOURDES EUNICE ANDUEZA FUENMAYOR, SANDRA VANESSA
ANDUEZA VALDEZ, KARINA DEL CARMEN ANDUEZA ZAMBRANO, FREDDY
VICENTE ANDUEZA VALDEZ y a la adolescente SE OMITE de trece (13) años de edad, DEJANDO A SALVO EVENTUALES
DERECHOS A TERCEROS. Devuélvase original con sus resultas al solicitante.
Anótese su salida en los libros respectivos. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas
ilegibles de la Jueza Tercera de Primera Instancia de Sustanciación y Mediación
Abg. Dayana Vivas Guiza y de la ´(el) Secretaria (o). En la misma fecha se
libraron las copias certificadas de Ley. Conste: la (el) secretaria (o). QUIEN
SUSCRIBE la (el) Secretaria (o) .....