PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la presente acción de Habeas Data de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo determinado en los artículos 167 y 169 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; presentada por los apoderados Judiciales Anabor Rodríguez Contreras y Jorge Ramón Ramírez, del ciudadano Elisimaco Rodríguez Contreras, en contra del presunto Agraviante Instituto Nacional de Tierras del Estado Barinas (INTI).-
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
TERCERO: Se ordena notificar al accionante de acuerdo a lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de esta decisión.-
CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente fallo.-
QUINTO: Cúmplase con la publicación en el Portal Web del Tribunal Supremo de Justicia.-