En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte su HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: RAUL HUMBERTO MENDEZ, ya identificado, se comprometió a depositar a partir del día 15-11-2004, la suma de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,oo) mensuales como OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, y una cantidad igual adicional en los meses de AGOSTO y DICIEMBRE para gastos escolares y como Bonificación de fin de año, para su hijo: JORQUI RAUL MENDEZ AQUINO también identificado, lo cual lo hará en efectivo ante este Juzgado; y en cuanto a los gastos médicos, medicinas y vestido requeridos por el niño a partir de esta fecha, serán cubiertos en partes iguales por los dos, esto en ba.....