Este Juzgado Superior del Trabajo del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de Fecha 18 de Julio de 2003 dictada por el Juzgado Primero del Municipio Barinas.
SEGUNDO Se confirma la sentencia de Fecha 18 de Julio de 2003 dictada por el Juzgado Primero del Municipio Barinas.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
CUARTO: Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen a los fines de su archivo definitivo.
Regístrese, publíquese, expídanse las copias certificadas de ley.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho de este Juzgado, en Barinas, a los diecisiete (17) días del mes de Noviembre de 2.005, años 195° de la Independencia y 146° de la Federación
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