En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al acusado SANTIAGO JOSE PINTO BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-17.692.021, natural de Caracas Distrito Capital, de 22 años de edad, nacido el 22-07-85, profesión u oficio Plomería, estado civil soltero, hijo de Yumaira Bolívar (v) y Galo Augusto López Pinto (v), residenciado en Colinas de los Palos Grandes, sector la Vuelta, callejón Ali Primera, casa sin número, teléfono 0212-7162020, Caracas Distrito Capital; a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN mas las accesorias de ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano vigente, por la comisión del d.....