En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR, La pretensión de Reivindicación, interpuesta por el ciudadano Douglas Manuel Blanco Triviño, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domiciliado, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.972.805, en contra de la ciudadana Mayerling Lilibeth Chirino Garzón, venezolana, mayor de edad.
SEGUNDO: Se condena en costas, a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de esta decisión, por dictarse dentro del lapso previsto en el artículo 890 del Código de Procedimiento Civil.
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