Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la perención de la instancia en la demanda incoada por la ciudadana Hermildes del Carmen Mora Devia, titular de la cédula de identidad número V- 9.182.090, contra la farmacia La Floresta, firma personal que hoy día se denomina Sucesión Farmacia La Floresta.