´Por las consideraciones de hecho y de derecho realizadas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: Declara Inadmisible la presente Demanda de Reconocimiento de Documento Privado, intentada por el ciudadano Jolmy Skayr Martínez Rebolledo, supra identificado. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. ´