PRIMERO: Por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, decreta la Aprehensión como Flagrante del Imputado Carlos Andrés Reyes Álvarez SEGUNDO: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Preventiva de Libertad al Imputado Carlos Andrés Reyes Álvarez, venezolano, natural de Santa Rosa De Barinas, nacido en fecha 12-03-70, de 39 años, soltero, de oficio Maestro de obras, Titular de la Cedula de identidad Nº 11.188.912, hijo Juan Manuel Reyes (d) y Maria Álvarez de Reyes (v) residenciado en Barrio Corocito calle 16, casa Nº 64 Barinas numero de teléfono 0424- 5258078,. Imponiéndole presentación periódica cada Treinta (30) días por ante la OAP, de este circuito Judicial Penal, de conformidad con el Artículo 256, Ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal y deberá cumplir con las condiciones siguientes: 1) Salida inmediata del hogar en común 2) Prohibición de acercarse .....