en consecuencia DECLARA ,UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, Del Cujus EDWIN ARGENIS MORALES MADRID, C.I. V-10.799.006 a las ciudadanas MARIA ANGELICA GOMEZ, GENESIS ALEJANDRA MORALES HERNANDEZ, titulares de la cédulas de identidades N° V-21.133.301 y 16.638.193; a la adolescente SINEG CARIDAD MORALES HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 27.806.338 de 12 años de edad y a los niños se omiten , 06 y 01 año de edad. DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el libro respectivo. Diarícese y Cúmplase.
Quien suscribe La Secretaria del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICQ,que el anterior traslado es copia fiel y exacta de
su original, Cursante al folio del E)¿táe nte MD11-J-2014-00090, certificación que se
hace de conformidad con el edimiento Civil.