En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este  Tribunal Superior del Trabajo tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio  de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas  en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: 
PRIMERO: Competente para conocer de la presente recusación  propuesta contra la Abogado  DORA MOLERO PARRA,   como  Juez del Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. 
SEGUNDO: SIN  LUGAR la inhibición propuesta contra DORA MOLERO PARRA  actuando como  Juez del Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. 
TERCERO: Remítase las presentes actuaciones  al  Juzgado  Primero del Municipio Barinas del Estado Barinas, para que continué  sustanciando la causa N° 2004-5048.
 
Publíquese, cúmplase con lo ordenado y remítanse  estas actuaciones al Juez recusado   para ser agregado al expediente.
 Dado, .....