En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente demanda y declina la competencia del presente juicio de PARTICION DE BIENES Y DERECHOS HEREDITARIOS intentado por los ciudadanos: MILAGROS GIOMAR PERNIA ARAQUE, JORGE LUIS PERNIA ARAQUE, CARLOS ARTURO PERNIA ARAQUE, RONALD ORLANDO PERNIA ARAQUE, DAVID JUSTINO PERNIA ARAQUE, FANNY JOSEFINA PERNIA ARAQUE, venezolanos, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nros. V-10.562.927, V-11.709.028, V-12.551773, V-10.562.924 y de la ciudadana DALIA COROMOTO MEZA MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.260.784, en su condición de representante de los niños: ANGELYN ABRIL LEAL PERNIA Y AHILEEN ALEXANDRA en su condición de herederos universales de la causante YENNIFER TAMARA PERNIA MEZA, y de los.....