PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de reconocimiento de unión concubinaria intentada por la ciudadana Nicolasa Emperatriz Martínez Valero contra los ciudadanos Jesús Alfredo, Gustavo Alfredo, y Luís Francisco, todos Gudiño Martínez, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, SE DECLARA que entre la ciudadana Nicolasa Emperatriz Martínez Valero, y el hoy de-cujus Alfredo de los Santos Gudiño Ruiz, existió una comunidad concubinaria desde el año 1976 hasta el 29 de noviembre de 2010, inclusive.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas del presente juicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 eiusdem.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apoderados judiciales de la presente decisión, por dictarse dentro del lapso previsto en el artículo 515 del Código de Procedimiento Civil.