CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSION conforme con lo establecido en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal de los imputados Julio Cesar Córdoba Roa, y Pedro Alexander Márquez Rico, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, por imputársele los Delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO , tipificado en el artículo 278 del Código Penal