Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, SIN LUGAR la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano JOSÉ ALFONSO BRICEÑO DAZA, titular de la cédula de identidad N° 3.428.417, por intermedio de su coapoderado judicial abogado Gustavo Adrián Lindarte Bautista, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 111.033, contra el MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL DEL ESTADO TÁCHIRA.