En mérito de lo expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos ÁNGEL CRISPIN GUEDEZ Y LUDIS TERESA AQUINO EREU, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nros. V- 8.188.262 y V-12.196.944, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante el Presidente de la Junta Comunal, Municipio Dolores, Distrito Rojas, Estado Barinas, de fecha mayo del año 1991, Acta Nº 07, folio siete (07). ASI SE DECIDE.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil.....