DECRETA: LA CESACION de la Medida por el cumplimiento total de la sanción impuesta, de conformidad con lo previsto en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Ofíciese a la Unidad de Formación Integral ”Libertad Asistida” de esta ciudad. Cumplidas todas las notificaciones y en el lapso de ley, se remítase la presente Causa al Archivo Judicial. Librese lo conducente.