Por las razones anteriormente señaladas, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: Primero: Niega lo solicitado por el Defensor Público de Presos, Abg. Gustavo Rodríguez, en cuanto a la realización de Rueda de Reconocimiento previsto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto dichos imputados son conocidos por la víctima. Segundo: Se acuerda librar boleta de notificación al Defensor Público y a los imputados. Líbrese lo conducente. Así se decide.
Juez de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03
Abg. Josefina Lobosco Rondón.
La Secretaria
Abg. Adriana Crespo Castillo