Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus TRINA JULIETA LOPEZ DE DURAN a los ciudadanos, VIVIAM YAMILETH DURAN LOPEZ y CARLOS DARIO DURAN LOPEZ, y a su conyugue DARIO DURAN VELASCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-14.712.785, V-15.073.815, y V-3.621.525 respectivamente.. Diarícese. Cúmplase.
.El Juez,
Abg. Oscar Eduardo Zamudia Aro
El Secretario Suplente,
Abg. Jhonny Manuel Toro