En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes: PRIMERO: Declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, presentada por la ciudadana GIOVANNA MARÍA BARRACO ÁVILA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.141.099, domiciliada en la ciudad de Barinas estado Barinas, teléfono 0414-5619853, correo electrónico gbarraco721@gmail.com, asistida por el abogado en ejercicio MIGUEL BARRACO, domiciliado en la ciudad de Barinas estado Barinas, teléfono 0414-5399628, correo electrónico mbarraco8@gmail.com, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 239.238, perteneciente a los ciudadanos: MICHELE BARRACO GALIFI, venezolano, mayor de edad, casado, .....