Ahora bien, de las actuaciones procesales los ciudadanos Francesco Adamo Gamberini y María Auxiliadora Zambrano, interponen por ante el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, rectificación de acta de matrimonio, inserta bajo el Nº 07, de fecha 28/01/1972, asentada en los libros el Registro Civil de Matrimonio, llevado por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de esta Circunscripción Judicial, declarando dicho Tribunal procedente la solicitud, mediante sentencia proferida en fecha 12 de mayo de 2014. Asimismo consta auto de fecha 20 de mayo de 2014, mediante el cual se declara la ejecutoriedad de la referida sentencia, y dentro de la oportunidad legal no interpusieron recurso alguno contra la misma ni peticionaron aclaratoria conforme a las normas antes señaladas, así las cosas, no le está dado al órgano jurisdiccional que dicto el fallo reformarlo, por prohibición expresa del articulo 25.....