Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Domingo Conrrado Rosales Molina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.252, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Ramón Froilan Delgado Sánchez, titular de la cédula de identidad Nº 11.716.982, contra el ciudadano Síndico Procurador del Municipio Barinas del Estado Barinas.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de Ley.
LA JUEZA PROVISORIA,
FDO.
MAIGE RAMÍREZ PARRA
LA SECRETARIA,
FDO.
GREISY OLIDAY MEJÍAS
MRP/gm.-
Expediente Nº 9554-2013.-