DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que despliega la ciudadana CARMEN ALIDA MOLINA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.954.986, sobre el predio denominado "EL RESPIRO", ubicado en La Queveda Municipio Ezequiel Zamora de la Parroquia Santa Bárbara del estado Barinas, con una extensión aproximada de OCHO HECTAREAS CON SIETE MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (8 has con 7.400 m2); alinderado de la siguiente manera: NORTE: mejoras de Amable Vega y Damián Quiñones, SUR: mejoras de los ciudadanos Erasmo Moreno y Elio Cárdenas;.....