Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana FARIDES DEL VALLE OSORIO FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-13.062.621, asistida por el abogado Francisco Pumar Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.730, contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO PEDRAZA DEL ESTADO BARINAS.
SEGUNDO: Se declara la Nulidad del Acto Administrativo contenido en el Acuerdo Nº 047-2014, emanado del Concejo Municipal del Municipio Pedraza del Estado Barinas, publicado en Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 509, de fecha 30 de diciembre de 2014.
TERCERO: Se ordena a la parte querellada Reincorporar a la ciudadana Farides del Valle Osorio Fernández al cargo de Secretaria de Correspondencia o .....