D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana CONSUELO DEL CARMEN CONTRERAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: Del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V.- 18.953.544, domiciliada en Chameta, Barrio 24 de Julio, casa s/n, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano LUIS RANGEL PUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.741.045, de profesión u oficio: Obrero domiciliado en Chameta, Barrio 24 de Julio, terreno Nº 112, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en beneficio de las niñas XXX XXXX.....