HOMOLOGACION
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, con sede en Socopó, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA la adjudicación amigable de bienes habidos de la comunidad hereditaria, peticionada por las ciudadanas MARIA RUFINA CONTRERAS AYALA y MARÍA MIREYA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-9.238.539 y 12.208.994, respectivamente. Expídase por secretaría las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los diecinueve (19) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. ORLANDO JOSÉ CONTRERAS LÓPE.....