DISPOSITIVA
En virtud de los motivos de hecho y derecho antes expuestos este Tribunal de Juicio Mixto de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad del Juez Presidente y de los Jueces Escabinos, DECLARA: PRIMERO: Penalmente responsable al adolescente identidad omitida conforme a la ley; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6, numerales 1, 2, 3, 10 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano WILLIANS JOSE GOMEZ., SEGUNDO: Lo sanciona con las siguientes medidas: 1°) Libertad Asistida, de conformidad con el artículo 620, literal “d” de la LOPNA, debiendo el adolescente someterse a la supervisión, asistencia y orientación del personal adscrito al Servicio o Programa de Libertad Asistida del INAM Seccional Barinas, .....