En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana MARIBEL COROMOTO MORA JAIMES, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio del hogar, titular de la cédula de identidad No. V-14.205.954, domiciliada en el Barrio Las Américas, calle 5 entre carreras 11 y 12, Casa Nº 11-52, de la población de Socopó del Estado Barinas, en contra del ciudadano NECTALI VARGAS POVEDA, venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio albañil, titular de la cédula de identidad Nº V-12.464.982, domiciliado en el Barrio Las Américas, calle 5 entre carreras 11 y 12, Casa Nº 11-40 de la población de Socopó del Estado Barinas, en favor de los niñ.....