se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano: JOSE RAMON ARIAS LEON, antes identificado, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, constante de CUATROCIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON SIETE CENTIMETROS (417.07 MTS2) y un área de construcción de DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (250.55 MTS 2) ubicada, en la calle Campo Elías, avenida Tamanaco, casa N° 01, sector 12 de octubre, Parroquia Barrancas Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con Mejoras y bienhechurías que son o fueron de Roberto González; SUR: Con callejón occidental ESTE Con avenida Tamanaco; y OES.....