Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA: El Beneficio de CONFINAMIENTO al Penado JOSÉ MARIANO VELÁSQUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.411.847 y de este domicilio; actualmente con Destacamento de Trabajo; por el lapso de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES, VEINTIOCHO (28) DÍAS Y DIECISEIS (16) HORAS, hasta el día 17-01-2007 a las 4:00 p.m., que cumple la totalidad de la pena impuesta, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 53 del Código Penal y Artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquese al Penado, al Director del Internado Judicial del Estado Barinas y al Fiscal del Ministerio Público. Líbrese Boleta de Excarcelación y Ofíciese a la Prefectura .....